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Foto del escritorLeymark MTY

Puntos clave de las reformas sobre “home office”.

Los cambios al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo, fueron aprobados en el Senado el pasado 9 de diciembre y publicados este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).



Esta semana entró en vigor la reforma sobre el teletrabajo o "home office", con la cual los empleadores tienen la obligación de pagar a sus trabajadores el uso de internet, electricidad y el equipo de cómputo utilizado para realizar sus labores, entre otras cosas.


Entre las obligaciones de esta modalidad laboral destacan:

  1. Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como aparatos de cómputo, sillas ergonómicas o impresoras.

  2. Asumir los costos derivados del teletrabajo, incluyendo el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

  3. Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas que hacen teletrabajo.

  4. Respetar el derecho a la desconexión de las personas que hacen teletrabajo al término de la jornada laboral.

  5. Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información, especialmente para los que cambien de modalidad presencial a teletrabajo.


En tanto, entre las obligaciones que tendrán los trabajadores en esta modalidad destacan:

  1. Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón.

  2. Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad.

  3. Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón.

  4. Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades.

  5. Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

Las nuevas estipulaciones tardarán hasta 18 meses en terminar de ser aplicadas, ya que es el periodo que tiene el gobierno nacional para realizar una Norma Oficial Mexicana (NOM) que establezca las nuevas obligaciones como mandato.


Tanto en los derechos y obligaciones se entre lee algo importante: la comunicación entre ambas partes. Esto sin duda llevará a buen puerto el desempeño del teletrabajo en cualquier organización pero eso es tema para otra ocasión.


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